
Derechos de las víctimas de delitos
La Ley de Derechos de las Víctimas (VRA) en Colorado garantiza que las víctimas de delitos sean tratadas con justicia, respeto, dignidad y que estén libres de intimidación, acoso y abuso. La VRA también ayuda a garantizar que las víctimas sean informadas de las etapas críticas del proceso de justicia penal y que puedan estar presentes y ser escuchadas en ciertas etapas.
Si es usted víctima de un delito, esta página le proporcionará información que puede serle útil en el momento en que lo necesite.

Información de contacto de la Unidad de Servicios a las Víctimas
Si necesita hablar con alguien sobre su caso, póngase en contacto con el Departamento de Policía de Tránsito de RTD en 303.299.3239.
Departamento de Policía de Tránsito de RTD
1900 31st Street
Denver, CO 80216
303.299.3239 TTY: 711
rtd-denver.com
Investigaciones
303.299.3239
[email protected]
Servicios a las víctimas
303.299.3223
[email protected]
Si han fracasado todos los esfuerzos locales para obtener sus derechos, puede solicitar ayuda al Consejo Asesor de Servicios a las Víctimas de Delitos.
División de Justicia Penal
700 Kipling Street, Suite 1000
Denver, CO 80215
303.239.5719
dcj.colorado.gov
Delitos contemplados en la Ley de Derechos de las Víctimas
La Constitución del Estado de Colorado y las leyes del Estado C.R.S. § 24-4.1302 (1) garantizan ciertos derechos a las víctimas de los siguientes actos delictivos:
- Incendio provocado 1er grado
- Agresión o asalto con vehículo
- Delitos motivados por prejuicios
- Robo con fuerza - 1º y 2º grado (vivienda)
- Conducción temeraria que provoque lesiones corporales graves
- Conducción temeraria que provoque la muerte de otra persona
- Maltrato infantil
- Prostitución infantil
- Delitos contra adultos o menores en situación de riesgo
- Delitos identificados por las fuerzas de seguridad como violencia doméstica
- Invasión delictiva de la intimidad
- Homicidio por imprudencia y homicidio en accidente de tráfico
- No detenerse en el lugar de un accidente que provoque la muerte o lesiones corporales graves a otra persona.
- Acoso a un trabajador de tránsito
- Trata de seres humanos en adultos o niños
- Incesto e incesto agravado
- Exhibicionismo o invasión de la intimidad con fines de satisfacción sexual
- Intimidación e intimidación agravada de un testigo o una víctima
- Secuestro
- Homicidio involuntario
- Amenaza
- Asesinato - 1º y 2º grado
- Publicar una imagen privada con fines de acoso o lucro
- Represalias contra un juez, jurado, fiscal o funcionario electo
- Represalias contra una víctima o testigo
- Robo
- Agresión sexual a un adulto o a un niño
- Acoso
- Manipulación de una víctima o testigo
- Contacto sexual ilícito
- Violación de la orden de protección penal dictada contra una persona acusada de agresión sexual de acoso
Derechos de las víctimas de delitos
Si la víctima ha fallecido o está incapacitada, estos derechos pueden ser ejercidos por su cónyuge, padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, pareja u otro representante legal.
- Recibir un trato justo, respetuoso y digno
- Estar informado y presente en todas las fases críticas del proceso penal
- Recibir información sobre las medidas que pueden adoptarse y la protección que puede ofrecerse en caso de intimidación o acoso.
- Notificación de cualquier cambio en la situación del acusado, incluida la puesta en libertad o el alta de la cárcel del condado.
- Información sobre los cargos presentados
- Información sobre cargos no presentados en casos de delitos menores
- Que se elimine el número de la Seguridad Social de los documentos de la justicia penal si se hacen públicos
- Garantía de una resolución rápida y justa del procedimiento
- Consultar con el Fiscal del Distrito antes de cualquier disposición del caso o antes de que vaya a juicio y ser informado de la disposición final.
- Estar informado de la situación del caso y de cualquier cambio o cancelación en la programación.
- Preparar una Declaración de Repercusiones para la Víctima y estar presente y/o ser oído en la sentencia
- Restitución y ser informado del derecho a reclamar una sentencia civil
- Devolución inmediata de los bienes de la víctima cuando ya no sean necesarios como prueba
- Información sobre ayudas económicas y servicios comunitarios
- Servicios adecuados de intercesión del empresario en relación con las comparecencias ante los tribunales y las reuniones con funcionarios de la justicia penal.
- Siempre que sea posible, disponer de una zona de espera segura.
- Ser informado de los resultados de cualquier prueba del VIH ordenada por un tribunal.
- Ser informado de cualquier procedimiento posterior a la condena relacionado con cuestiones de ADN
- Previa solicitud, proporcionar a las víctimas de casos sin resolver para los que el delito haya prescrito hace más de 3 años, una actualización anual sobre el estado del caso.
- Ser informado de los derechos que le asisten en virtud de la Constitución de los Estados Unidos o del Estado de Colorado.
- Solicitar una copia del informe policial y otros documentos relacionados con el caso, incluido el derecho a recibir una copia gratuita del informe inicial del incidente (la entrega de cualquiera de estos documentos relacionados con la investigación queda a discreción del organismo policial en función del estado del caso).
- Si una víctima o su representante no pueden estar presentes en las fases críticas descritas en esta sección y la víctima o su representante desean dirigirse al tribunal, el derecho a solicitar que el tribunal, dentro de los recursos del tribunal, organice y proporcione los medios para que la víctima o su representante proporcionen información al tribunal más allá de una declaración escrita del impacto de la víctima.
- Ser informado de la existencia de una orden de protección penal en virtud de la sección 18-1-1001, C.R.S. o de la sección 19-2-707 C.R.S., y a petición de la víctima, información sobre las disposiciones que pueden añadirse o modificarse, y el proceso para solicitar dicha adición o modificación.
- Divulgación por el agente de las actividades de acercamiento a las víctimas iniciadas por la defensa
- Ser oído si se celebra una vista para el sellado de antecedentes penales o la cancelación de antecedentes penales de menores.
Tras la condena por un delito contra una víctima, las autoridades penitenciarias estatales o locales le facilitarán la siguiente información:
- Institución en la que la persona está encarcelada o retenida por cualquier otro motivo
- La fecha prevista de liberación de la persona
- Cualquier puesta en libertad de la persona, incluido el permiso de salida, el permiso de trabajo o los correccionales comunitarios antes de la puesta en libertad
- Fuga de la persona
- Cualquier puesta en libertad o excarcelación de la persona y las condiciones de dicha puesta en libertad
- El fallecimiento de la persona durante su estancia en un centro o programa penitenciario
Servicios a las víctimas
Como víctima de los delitos enumerados, puede tener derecho a los siguientes servicios:
- Intervención inmediata en caso de crisis y apoyo de seguimiento
- Servicios especiales para menores, ancianos o víctimas con discapacidades
- Remisión a particulares y organizaciones públicas y privadas para:
- Servicios médicos y de urgencias
- Salud mental y servicios sociales
- Ayuda financiera
- Traducción o interpretación
- Intervención con acreedores, arrendadores y empresarios
- Recursos jurídicos
- Transporte y guardería
- Diálogo víctima/agresor
- Servicios de indemnización a las víctimas
Información y notificación a las víctimas todos los días (VINE)
Si el sospechoso de su caso ha sido detenido, se le dará de alta en VINE (Información y Notificación a la Víctima Todos los Días), un sistema de notificación automatizado que le proporcionará el estado de custodia del delincuente mediante llamada, mensaje de texto o correo electrónico.
Para modificar o excluirse de las notificaciones sobre el estado de los infractores, visite vinelink.com o llame al 1.888.263.8463.
Fondo de Compensación a las Víctimas de Delitos (CVC)
El Fondo de Compensación a las Víctimas de Delitos (CVC) es un programa de servicios a las víctimas para ayudarlas a recuperarse económicamente de los daños físicos y emocionales causados durante un acto delictivo. El fondo CVC puede ayudar a las víctimas a pagar gastos o pérdidas específicos relacionados con el delito. Solicite más información en covictimcomp.org.
Usted puede calificar para solicitar ayuda financiera de cada uno de los distritos judiciales. Póngase en contacto con la Fiscalía de su condado para obtener una solicitud y más información sobre la Indemnización a las Víctimas.
Cómo presentar una orden de protección
Las órdenes de protección o alejamiento pueden ayudar a detener el acoso, las represalias, la intimidación y otros actos específicos contra los individuos nombrados como "Persona Protegida". Para más información, visite coloradojudicial.gov/autoayuda/obtener-orden-de-proteccion.
Obtener una copia del informe del caso
Para obtener más información sobre cómo obtener una copia del informe de su caso, póngase en contacto con el Departamento de Policía de Tránsito de RTD en 303.299.3213 o [email protected].
También puede ponerse en contacto con la Unidad de Víctimas/Testigos de la Fiscalía en la que se archivó su caso.
Fiscalía
Si tiene preguntas sobre el procesamiento o el estado judicial de su caso, póngase en contacto con la Unidad de Víctimas/Testigos de la Fiscalía del Distrito en la que se presentó su caso.
Condado de Adams
1000 Judicial Center Drive
Brighton, CO 80601
303.659.7735
Condado de Arapahoe
6450 S. Revere Pkwy
Centennial, CO 80111
720.874.8500
Condado de Boulder
1777 Calle 6
Boulder, CO 80302
303.441.3794
Condado de Douglas
4000 Justice Way
Castle Rock, CO 80109
720.733.4531
Condado de Broomfield
17 DesCombes Drive
Broomfield, CO 80020
303.659.7735
Condado de Denver
520 W. Colfax Ave
Denver, CO 80204
720.913.9000
Condado de Jefferson
500 Jefferson County Pkwy
Golden, CO 80401
303.271.6800
Condado de Weld
915 Calle 10
Greeley, CO 80631
970.400.4746
Estatuto de no inmigrante U (visado U)
El estatus de no inmigrante U (Visado U) proporciona a las víctimas de delitos un estatus de inmigración temporal. Póngase en contacto con la Unidad de Víctimas/Testigos de la Fiscalía en la que se presentó su caso. Más información en uscis.gov/humanitarian/victims-of-criminal-activity-u-nonimmigrant-status (en inglés).
Proceso de denuncia de la VRA
Si cree que no se han respetado sus derechos como víctima de un delito, póngase en contacto con la Unidad de Víctimas/Testigos de la Fiscalía en la que se presentó su caso.
Si han fracasado todos los esfuerzos locales para obtener sus derechos, puede solicitar ayuda al Consejo Asesor de Servicios a las Víctimas de Delitos.
División de Justicia Penal
700 Kipling St, Suite 1000
Denver, Colorado 80215
303.239.5719
dcj.colorado.gov
Kit de agresión sexual de Colorado
Los Estatutos Revisados de Colorado (C.R.S.) 24-4.1-302.5 conceden a las víctimas de delitos los siguientes derechos:
- Notificación cuando se envían pruebas médicas forenses a un laboratorio criminalístico acreditado
- Notificación de los resultados de los análisis de ADN
- Se le informará de si se ha obtenido ADN en el análisis y de si existen coincidencias en las bases de datos estatales o federales.
- Ser informado al menos sesenta días antes de la destrucción de las pruebas con la opción de presentar una objeción ante la agencia de aplicación de la ley, la oficina de investigación de Colorado o el laboratorio de criminalística.
- Notificación de cualquier cambio en la situación del caso
- Una copia física de sus derechos tras el examen
Si ha aceptado el análisis de pruebas, recibirá notificaciones. Si no desea recibirlas, póngase en contacto con 303.299.3223 o [email protected].
Los supervivientes pueden comprobar el estado de los resultados en trackit.colorado.gov.