Oficina de Equidad en el Transporte Público

Oficina de Equidad en el Transporte Público

La Oficina de Equidad de Tránsito (TEO, por sus siglas en inglés), dentro de la División de Derechos Civiles de RTD, se asegura de que RTD cumpla con los requisitos federales de derechos civiles del Título VI - proporcionando transporte público de manera no discriminatoria, promoviendo la participación pública plena y justa en la toma de decisiones de RTD y asegurando un acceso significativo a los servicios y programas de RTD para todos - especialmente para los negros, indígenas y otras personas de color (BIPOC, por sus siglas en inglés), los clientes de bajos ingresos y aquellos que son lingüísticamente diversos. Sin embargo, la TEO también pretende que RTD vaya más allá del cumplimiento y logre una verdadera equidad en el tránsito. Entendiendo el papel vital que desempeña el transporte público para nuestros clientes, RTD -y la Oficina de Equidad de Tránsito- tratan de integrar la equidad de tránsito en todos los programas, servicios y actividades de la agencia. De esta manera, RTD puede servir mejor a las personas que más dependen del transporte público, al tiempo que construye un entorno de tránsito respetuoso, digno y acogedor para todos.

Para lograr la equidad en el transporte público, TEO se propone:

  1. Garantizar que las personas y los grupos protegidos puedan participar en los programas, actividades, instalaciones y servicios de RTD en condiciones de igualdad y sin discriminación.
  2. Fomentar la confianza mediante una participación comunitaria transparente, auténtica e inclusiva con clientes que históricamente han estado infrarrepresentados
  3. Ampliar la accesibilidad lingüística de los programas, servicios y actividades de RTD para atender e integrar mejor a los clientes de diversa procedencia lingüística
  4. Aportar conocimientos especializados sobre la equidad en el transporte público, utilizando datos para impulsar una toma de decisiones equitativa por parte de los organismos, garantizar una distribución equitativa del servicio y promover el acceso, así como eliminar las barreras al transporte público para las comunidades históricamente infrarrepresentadas.

Inside Oficina de Equidad en el Transporte Público

Áreas del programa

Programa Título VI

Antes de revisar el Programa del Título VI 2025-2028 en su totalidad, recomendamos empezar por este breve resumen, que explica el propósito del informe, las secciones clave y consejos para navegar por el documento con mayor facilidad.

Guía didáctica

El Programa Título VI de RTD, que se actualiza cada tres años, es la base del trabajo de la Oficina de Equidad de Tránsito. En él se describe el modo en que la agencia cumple las leyes federales de derechos civiles y trabaja para garantizar un servicio de transporte justo, accesible y equitativo para todos, independientemente de la raza, el color, la nacionalidad o la capacidad lingüística. Los componentes clave incluyen los procedimientos de queja, el Plan de Participación Pública, el Plan de Acceso Lingüístico, la supervisión de los subreceptores y las políticas del Título VI de RTD. Consulte la última versión a continuación.

Actualización del Programa Título VI

Gestión de reclamaciones por discriminación en materia de equidad en el transporte público

La Oficina de Equidad en el Transporte Público coordina a nivel de toda la agencia para determinar si se ha producido una infracción de la política de no discriminación y garantiza que todas las partes estén representadas de forma justa e imparcial.

En virtud del Título VI de la Ley de Derechos Civiles, se prohíbe a los organismos financiados con fondos federales (como RTD) discriminar a los clientes por motivos de raza, color o origen nacional. El Título VI amplía la protección a las personas que sufren discriminación, incluido el acoso, por motivos de su origen o características étnicas, reales o percibidas: (i) ascendencia común o características étnicas; o (ii) ciudadanía o residencia en un país con una religión dominante o una
identidad religiosa distintiva. Además, en virtud del artículo 24-34-601 de los Estatutos Revisados de Colorado, se prohíbe que un establecimiento de uso público discrimine por motivos de raza, credo, color, sexo, orientación sexual, identidad de género, expresión de género, estado civil, origen nacional (incluido el dominio limitado del inglés), identidad religiosa, discapacidad o ascendencia.

Si cree que ha podido ser objeto de discriminación en los servicios y programas de RTD, Descubre aquí cómo presentar una denuncia por discriminación en materia de equidad en el transporte público.

Análisis de acciones

Los análisis de equidad orientan las decisiones de la agencia a la hora de prestar servicios de transporte público de forma que se evite la discriminación y se garantice que todos los residentes del distrito tengan un acceso equitativo a los servicios, programas y actividades de RTD. Por ejemplo, la TEO lleva a cabo análisis de equidad ante cambios en las tarifas y modificaciones importantes en el servicio. Siempre que la RTD modifica sus tarifas, o cuando un cambio en el servicio alcanza el umbral de «cambio importante en el servicio», la TEO examina si dichos cambios tendrán un efecto adverso sobre las poblaciones minoritarias y/o con bajos ingresos.

TEO también llevará a cabo análisis de equidad cuando RTD determine la ubicación de determinados tipos de instalaciones, entre ellas las de almacenamiento, las de mantenimiento y los centros de operaciones. Si se identifica un efecto adverso sobre las poblaciones minoritarias y/o de bajos ingresos, TEO formulará recomendaciones para evitar, minimizar o mitigar dicho impacto.

La Oficina de Equidad en el Tránsito trabaja activamente para incluir más consideraciones de equidad en la toma de decisiones de la agencia.

Análisis de la equidad para los cambios en el servicio de agosto de 2025

Programa de Acceso Lingüístico

Como parte de su labor en el marco del Título VI, RTD debe garantizar que los usuarios con un dominio limitado del inglés puedan acceder de forma efectiva a sus servicios y programas. El Programa de Acceso Lingüístico de la Oficina de Equidad en el Transporte Público supervisa cómo RTD supera las barreras lingüísticas y proporciona asistencia lingüística a estos usuarios de diversa procedencia lingüística. Entre las medidas adoptadas se incluyen la traducción de documentos esenciales de la agencia (como la información sobre los programas de tarifas reducidas), la organización de cursos de formación en toda la agencia sobre asistencia lingüística y competencia cultural, la prestación de servicios de interpretación, la traducción de la señalización y otras iniciativas importantes.

Para obtener más información sobre el Programa de Acceso Lingüístico y conocer los servicios de asistencia lingüística de RTD, haz clic aquí.

El Plan de Acceso Lingüístico de RTD garantiza que las personas que hablan idiomas distintos del inglés puedan utilizar y beneficiarse plenamente de los servicios de RTD. El Plan 2025-2028 identifica 19 idiomas clave, incluidos el español, el vietnamita, el chino y el amárico, y describe las medidas que RTD está tomando para mejorar la accesibilidad lingüística. Consúltelo a continuación.

Plan de acceso lingüístico 2025-2028

Participación ciudadana y colaboraciones multiculturales

Las actividades de divulgación y participación pública de RTD dan prioridad a la participación de los clientes BIPOC, con bajos ingresos y lingüísticamente diversos, como la solicitud de comentarios de la comunidad sobre proyectos a gran escala (como el estudio de tarifas para todo el sistema y el análisis de equidad) y cambios en el servicio.

Para lograrlo, la Oficina de Equidad en el Transporte Público (TEO) actúa como recurso para otras divisiones de RTD, llevando a cabo investigaciones mediante software de cartografía geográfica y recomendando estrategias de participación culturalmente relevantes y adaptadas al contexto local, que se centran en las comunidades de color, los usuarios que dependen del transporte público y con dificultades económicas, los refugiados, los inmigrantes, las personas LGBTQIA+, las personas mayores y los jóvenes, entre otros colectivos. La TEO también lleva a cabo sus propias iniciativas de participación comunitaria, contratando a organizaciones locales de base comunitaria para recabar encuestas, organizar grupos de discusión y distribuir información sobre los servicios y programas de la RTD.

Como parte del Programa Título VI 2025-2028, RTD actualizó su Plan de Participación Pública (PPP), un documento requerido federalmente que describe cómo la agencia asegura la participación significativa de estas comunidades en la toma de decisiones de tránsito. Revise el PPP más reciente a continuación.

Plan de participación pública

Supervisión del rendimiento de los servicios

La Oficina de Equidad de Tránsito supervisa continuamente el rendimiento de los servicios de RTD basándose en las normas y políticas de la agencia relativas a la saturación, la frecuencia de los servicios, la puntualidad, la disponibilidad de los servicios, la distribución de los servicios de parada/estación y la asignación de vehículos. Estas normas y políticas proporcionan un punto de referencia cuantitativo para garantizar que los servicios de tránsito de RTD sean equitativos y accesibles. Para consultar versiones anteriores, envíe un correo electrónico a la oficina de TEO a [email protected].

Informe de seguimiento de los servicios del Título VI 2024

Seguimiento de los subbeneficiarios

En su calidad de beneficiario designado de los fondos de la FTA, RTD recibe, administra y asigna fondos a los subbeneficiarios y, por lo tanto, es responsable de garantizar y documentar el cumplimiento del Título VI por parte de estos. Como parte de su labor de supervisión de los subbeneficiarios, la TEO colabora con estos para recopilar y revisar la documentación relativa al Título VI, además de ayudar a los subbeneficiarios y a sus contratistas a cumplir con la normativa (por ejemplo, mediante formación y auditorías documentales).